Guía de las Prepagas

PMO: Programa Médico Obligatorio

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PMO: Programa Médico Obligatorio

El Programa Médico Obligatorio (PMO), también llamado Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE), es una resolución del Ministerio de Salud que define cuales son las prestaciones y servicios básicos que las obras sociales y medicina prepagas deben asegurar a sus afiliados sin carencias, preexistencias o exámenes de admisión.

Qué es el Programa Médico Obligatorio?

El PMO se implementó al principio de 2004, bajo la resolución 201/2002 de la Superintendencia de Salud, en un contexto de crisis durante la cual muchas empresas de salud cerraron y mucha gente se quedó sin cobertura médica. En consecuencia se desarrolló el Programa Médico Obligatorio a fin de brindar una cobertura integral a toda la población, toda la vida. Conceptualmente, el PMO privilegia y reforzar la preservación de la salud antes que las acciones curativas.

Todos los planes de salud propuestos por las obras sociales y las empresas de medicina prepagas deben incluir, al menos, estas prestaciones obligatorias, sea cual sea el monto del aporte a la obra social por el sueldo, y desde el momento inicial de tu afiliación, es decir sin periodo de carencia.

El PMO no permite a la obra social o la prepaga exigir un copago (salvo los casos específicos por la Superintendencia de Servicios de Salud).

Prestaciones del Programa Médico Obligatorio

La resolución del PMO describe de forma exacta todas las prestaciones que una obra social o una prepaga debe garantizar a sus adheridos. Acá están las prestaciones que deben incluir los planes de salud.

Prevención primaria, secundaria y terciaria

  • Asegurar un mecanismo integrado de atención en los distintos niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria:
  • Proveer de cuidados continuos a los beneficiarios, privilegiando la atención a partir de un médico de familia que sea el responsable de los cuidados de los beneficiarios.
  • Acompañar a los pacientes en el cuidado de su salud, la recuperación de la misma y la rehabilitación.

Plan Materno Infantil

  • El PMI da cobertura durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento.
  • Atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad. Todo con cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio (excepto el pago de coseguros para consultas y medicaciones específicas).
  • Embarazo y parto: consultas, estudios de diagnóstico exclusivamente relacionados con el embarazo, el parto y puerperio.
  • Infantil: realización perinatológica de los estudios para detección de la fenilcetonuria, del hipotiroidismo congénito y enfermedad fibroquística en el recién nacido. Deberán cubrirse las consultas de seguimiento y control, inmunizaciones del período, cobertura del 100% de la medicación requerida para el primer año de vida siempre que ésta figure en el listado de medicamentos esenciales.
  • A fin de estimular la lactancia materna no se cubrirán las leches maternizadas o de otro tipo, salvo expresa indicación médica, con evaluación de la auditoría médica.

PMI-Embarazo-PMO-Cobertura-Medica
Por ley, las obras sociales y las prepagas tienen que garantizar un cierto número de prestaciones durante y después del embarazo.

Medicamentos

  • Cobertura de 40% en todos los medicamentos, y de 70% en medicamentos necesarios en patologías crónicas (diabetes, hipertensión, asma, epilepsia, hipercolesterolemia, insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, etc.). Para los medicamentos para los pacientes internados o medicamentos oncologicos, la cobertura es de 100%.
  • Internación: la cobertura es total, al 100%, sin limites de tiempo, que sea una internación a domicilio, institucional o en hospital de día.

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Programas de prevención de cánceres femeninos

Cobertura del diagnóstico y tratamiento de todas las afecciones de carácter maligno. Sin embargo el PMO no incluye los tratamientos en fase experimental.

Odontología

  • Consulta, examen, diagnóstico y plan de tratamiento en odontología
  • Obturación de amalgama, con tornillo en conducto, de resina autocurado, y de resina fotocurado
  • Reconstrucción de ángulo en dientes anteriores
  • Tratamiento endodóntico
  • Tartrectomía y cepillado mecánico (no incluye el blanqueamiento de piezas dentarias). En pacientes mayores de 18 se cubrirá una vez por año
  • Terapias fluoradas. Se cubrirá hasta los 18 años y hasta dos veces por año. Comprende aplicación de flúor tópico, barniz y colutorios
  • Selladores de surcos, fosas y fisuras. Esta práctica se reconoce hasta los 15 años en premolares y molares permanentes
  • Aplicación de cariostáticos en piezas dentarias permanentes
  • Mantenedores de espacios fijos o removibles. Se cubrirá por única vez por pieza dentaria y en pacientes de hasta 8 años inclusive. Se incluye corona o banda y ansa de alambre de apoyo o tornillo de expansión
  • Reducción de luxación con inmovilización dentaria
  • Corona de acero provisoria por destrucción coronaria. Se cubrirá en piezas temporarias con tratamiento de formocresol o gran destrucción coronaria, cuando la pieza no se encuentre dentro del período de exfoliación. En primeros molares permanentes hasta los 15 años de edad
  • Reimplante dentario e inmovilización por luxación total
  • Tratamiento de gingivitis.
  • Tratamiento de enfermedad periodontal. Se cubrirá cada dos años
  • Radiografía
  • Radiografía panorámica

Odontologia-Programa-Medico-Obligatorio

Salud Mental

El PMO garantiza la cobertura de hasta 30 consultas ambulatorias por año. Esas consultas abarcan: entrevista psicológica, psicopedagógica y psiquiátrica, psicoterapia individual y grupal, psicoterapia familiar, de pareja y psicodiagnóstico. El PMO cubre igualmente hasta 30 días de internación por año para los casos agudos.

El Programa aspira a desarrollar comportamientos y hábitos de vida saludables, así como a actividades específicas para evitar comportamientos generadores de trastornos y malestares psíquicos.

Rehabilitación

El Programa garantiza la cobertura de hasta 25 sesiones por año, tanto en prácticas kinesiológicas como fonoaudiológicas. Impone una cobertura ambulatoria completa para las rehabilitaciones tales como: motriz, psicomotriz, readaptación ortopédica y rehabilitación sensorial.

Kinesologia-Programa-Medico-Obligatorio-Obras-Sociales

Anteojos y Otoamplífonos

Para los niños de hasta 15 años de edad, el Programa Médico Obligatorio asegura una cobertura del 100% en otoamplífonos y en anteojos, a fin de poder garantizarles un nivel de audición y de visión adecuados y por lo tanto optimizar su educación y sus potencialidades.

Prótesis y Órtesis

El PMO asegura el 100% de cobertura para la colocación de prótesis e implantes permanentes. Respecto a órtesis o prótesis externas, la cobertura es de 50%. Solamente las prótesis miogénicas o bioeléctricas no están incluidas.

Las prótesis cubiertas deben ser de producción nacional. Se aceptan prótesis importadas cuando no existen los requeridos de origen nacional.

Hemodiálisis y Diálisis peritoneal continua ambulatoria

El Programa asegura una cobertura del 100%, con el requisito indispensable que el paciente se inscriba previamente en el INCUCAI, dentro del primer mes de tratamiento.

Adicciones

Para personas con problemas de drogadicción, el PMO garantiza la cobertura de todos los programas de prevención, los tratamientos psicológicos y médicos, así que los medicamentos.

VIH/SIDA

El PMO hace foco en los varios planes de prevención y asegura la cobertura de los tratamientos médicos, psicológicos para personas infectadas por el virus.

Cuidados Paliativos

Son los tratamientos realizados y las asistencias recibidas por un paciente con esperanza de vida menor a 6 meses. Apuntan a aliviar los síntomas, calmar el dolor, y asistir al paciente al nivel psicológico. Esos cuidados cuentan con una cobertura del 100% por el PMO.

Especialidades Médicas en el PMO

Las prepagas y obras sociales tienen que incluir dentro de sus cartillas médicas todas las especialidades definidas por el Ministerio en el PMO. Es decir:

  • Anatomía Patológica
  • Diagnóstico por imágenes: Radiología, tomografía computada, resonancia magnética
  • Anestesiología
  • Cardiología y ecografía
  • Cirugía cardiovascular
  • Endocrinología
  • Cirugía de cabeza y cuello
  • Infectología
  • Cirugía general
  • Fisiatría (medicina física y rehabilitación)
  • Cirugía infantil
  • Cirugía plástica reparadora
  • Gastroenterología
  • Cirugía de tórax
  • Geriatría
  • Clínica médica
  • Ginecología
  • Dermatología
  • Hematología
  • Hemoterapia
  • Oftalmología
  • Medicina familiar y General
  • Oncología
  • Medicina nuclear: diagnóstico y tratamiento
  • Ortopedia y traumatología
  • Nefrología
  • Otorrinolaringología
  • Neonatología
  • Pediatría
  • Neumonología
  • Psiquiatría
  • Neurología
  • Reumatología
  • Nutrición
  • Terapia intensiva
  • Obstetricia
  • Prestaciones médicas

Igualmente, el programa determina cuales son las prestaciones médicas que un plan de obra social o de medicina prepaga no puede dejar de brindarse. Además de la atención ya sea en consultorio, internación, urgencia y emergencia, el PMO asegura también el derecho del afiliado a recibir atención a su domicilio en caso de emergencias.

Las personas mayores a 65 años que no puedan salir de su domicilio, tienen garantizada la atención domiciliaria para cualquier consulta, sin importar la especialidad, mediante el pago de un copago para cada visita.

https://www.youtube.com/watch?v=aH81vQUgwM4

Fuentes:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

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1 Opiniones sobre PMO: Programa Médico Obligatorio


MARIA GABRIELA GIGLIO
- 27/01/23

queria saber porque mi obra social prepaga sancor salud me cubre solo una consulta anual de oftamologia siendo que encaso de una enfermedad de durgencia como conjutivitis requiere mas de una consulta a la cual ami se me fue negada verguenza total espero respuesta urgente gracias



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